Ante el malestar generado entre algunos fieles católicos en Ecuador por las actividades de la llamada Asociación Escuela de Autorrealización (AEA), el arzobispo de Guayaquil, monseñor Luis Cabrera Herrera, ha hecho público un comunicado en el que advierte con claridad a este grupo, que debe permanecer fiel a la doctrina católica. Ello pues en su momento la Conferencia Episcopal de Ecuador le otorgó un reconocimiento canónico.
 
¿Cuál es el origen de esta medida? ¿Por qué el prelado ha considerado importante intervenir, avisando por escrito a una asociación privada de fieles, que según el Código de Derecho Canónico “goza de autonomía de gobierno y libertad de organización”? Sintéticamente se puede decir que es muy fácil identificar las doctrinas y prácticas de la “católica” AEA con las que difunde una secta de origen hindú, la Fraternidad de la Autorrealización (SRF, por sus siglas en inglés).
 
Antes de profundizar en esto, veamos qué ha dicho monseñor Cabrera en su misiva.
 
Atención: Jesús no es sólo el “Maestro de maestros”
 
En su carta, fechada el pasado 15 de enero de 2019, el arzobispo ordena a la AEA que, tanto en sus cursos formativos como en su página web, “expresen con claridad la doctrina cristiana”, y es más concreto al señalar un núcleo fundamental de la fe: “Jesús no es sólo el Maestro de maestros; es el Hijo de Dios, la segunda persona de la Santísima Trinidad, el Verbo encarnado”.
 
Junto a esto, monseñor Cabrera indica que es necesario que por parte de la AEA “no se promueva la veneración de imágenes de personas que no han sido beatificadas o canonizadas” por la Iglesia Católica, tal como sucede en la asociación, y que puede verse en la fotografía que acompaña a estas líneas.
 

Tras estas dos observaciones básicas en torno al dogma y al culto, el arzobispo de Guayaquil también incide en la cuestión organizativa, pidiendo “que se distinga con claridad entre la Self Realization Fellowship (SRF) y la AEA”, pues la primera profesa ideas incompatibles con la doctrina cristiana.
 
Oración cristiana y meditación oriental, distintas
 
Volviendo a las prácticas realizadas y enseñadas por la AEA en Ecuador, el prelado ordena “que la promoción de la meditación oriental sea compatible, en la práctica, con la vida eclesial y, en concreto, con la recepción de los sacramentos y la liturgia de la Iglesia”.
 
Por ello, indica que la página web de la AEA debe incorporar los enlaces a algunos documentos del Magisterio de la Iglesia en los que se explica la consideración católica del valor de las religiones no cristianas, el diálogo interreligioso y la oración comparada con la meditación oriental.
 
En concreto, aconseja tres documentos fundamentales para la comprensión católica de todos estos temas, en los que está en juego la doctrina sobre Dios (Padre, Hijo y Espíritu Santo), sobre la Iglesia y sobre la salvación: la declaración Nostra aetate del Concilio Vaticano II (1965), la Carta sobre algunos aspectos de la meditación cristiana de la Congregación para la Doctrina de la Fe (1989, también llamada Orationis formas) y la cuarta parte del Catecismo de la Iglesia Católica (1992), que es la dedicada a la oración.
 
La última exhortación episcopal a la AEA en materia doctrinal es “que se distinga las prácticas de yoga, por una parte, y la doctrina de la Iglesia, por otra, y sean confirmadas en conversaciones con quienes imparten los cursos y los participantes”, para evitar casos de sincretismo.
 
El papel de los pastores
 
La carta de monseñor Cabrera Herrera no se limita a las cuestiones relativas a la fe, cuya aplicación recae en la propia asociación de fieles, para que pueda seguir contando con el respaldo eclesial. También establece lo que le compete a él, como jerarquía de la Iglesia, en la resolución del problema.
 
Y así, se propone en primer lugar “visitar con frecuencia a la Asociación Escuela de Autorrealización, tal como corresponde a la autoridad eclesiástica respecto a las asociaciones, de modo que en ellas se conserve la integridad de la fe y de las costumbres y se eviten abusos en la disciplina eclesiástica, a tenor del derecho y de los estatutos”. Se refiere, con lo primero, al Código de Derecho Canónico, que es el ordenamiento jurídico de la Iglesia y, con lo segundo, a los estatutos de la AEA, aprobados por la Conferencia Episcopal de Ecuador.
 
El arzobispo de Guayaquil determina además “nombrar un Consejero espiritual” para la asociación de fieles y “valorar la parte doctrinal de la publicación periódica de la revista ‘Yoga y cristianismo’”, publicada por la AEA. Ambas acciones también según las indicaciones del Derecho Canónico.
 
El origen y la historia de la AEA
 
Pero ¿qué es la AEA? ¿cómo nació? Tenemos que remontarnos a 1952, cuando el sacerdote ecuatoriano César Augusto Dávila Gavilanes (1910-1999) entró en contacto con la meditación oriental y el yoga de la mano de un discípulo directo de Gandhi. Algo que marcó un antes y un después en su trayectoria vital y espiritual.
 
Un año más tarde, el padre Dávila conoció a un adepto mexicano de la SRF y fundó la AEA, que consiguió el reconocimiento civil en 1972 y el eclesiástico en 1984. Siempre fue clara su voluntad decidida de mantener unidas la doctrina católica y la de la SRF en un imposible sincretismo, algo comprobable en sus libros, conferencias y lecciones.
 
La propia AEA divulga como texto propagandístico estas palabras del padre Dávila: “la juventud de hoy busca algo superior, algo que le llene completamente y le traiga paz, felicidad en su vida, y eso es precisamente lo que encuentra en la filosofía Oriental”.
 
¿Identidad con una secta de origen hindú?
 
Tal como se señaló al comienzo, no pocos elementos de las enseñanzas y prácticas de la AEA parecen ser un simple duplicado de lo que se enseña y practica en la SRF, secta fundada por Paramahansa Yogananda (1893-1952), gurú oriental célebre, sobre todo, por su autoría del “best seller” Autobiografía de un yogui (1946).
 
Entre otros elementos que llaman la atención se encuentra algo que salta a la vista, como hemos observado más arriba: en los “altares” de la AEA aparece en un lugar céntrico la imagen de Jesús, pero acompañada habitualmente de otros seis retratos. ¿Santos? No, nada de eso. De hecho, sólo uno de ellos es católico (el propio César Dávila).
 
Los otros cinco personajes venerados, colocados junto a Jesucristo, y a los que se encienden velas, son Krishna (una de las encarnaciones del dios Vishnú), Mahavatar Babaji (un gurú hindú), Lahiri Mahasaya (discípulo de Babaji), Sri Yukteswar (discípulo de Mahasaya) y Paramahansa Yogananda (discípulo de Yukteswar), en una curiosa sucesión de la enseñanza explícitamente religiosa del yoga.
 
En los cursos organizados por la AEA es común encontrar contenidos relativos al Bhagavad Gita, un libro fundamental del hinduismo, y otros relativos al kriya yoga. No sólo eso: en el año 2017, por ejemplo, convocaron un curso sobre el libro El yoga de Jesús, que reúne textos de Paramahansa Yogananda, y que afirma que entre las enseñanzas de Cristo “se incluye toda la ciencia del Yoga, el camino trascendental para alcanzar la unión Divina a través de la Meditación”.
 
En sus publicaciones no sólo nombran a Dios, sino también a la “Madre Divina”, como llaman a la diosa Kali. Llegan a afirmar que no hay “ninguna diferencia” entre Krishna y Jesucristo. Además, se sabe que en la AEA celebran el Mahasamadhi (la partida consciente del plano físico, es decir, su concepción de la muerte) no sólo del padre Dávila, sino también de otros maestros de yoga.
 
Y éstas son sólo algunas de las muchas doctrinas y prácticas difundidas por la AEA que se apartan de los principios cristianos más básicos y que justifican sobradamente la carta de monseñor Luis Cabrera Herrera, a quien hay que agradecer su firme determinación para solucionar un problema arrastrado durante décadas por la Iglesia Católica en Ecuador.
 
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