Estándares de vanguardia para la protección de menores

30 de marzo de 2019

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El motu proprio sobre la protección de los menores y de las personas vulnerables, la nueva ley para el Estado de la Ciudad del Vaticano extendida también a la Curia romana, y las orientaciones pastorales -tres documentos firmados por el Papa Francisco- hace poco más de un mes después de la reunión, del pasado mes de febrero, que congregó a los presidentes de las Conferencias Episcopales de todo el mundo y que representan de alguna manera un primer fruto.

Se trata de leyes, normas e indicaciones muy específicas, en primer lugar, para los destinatarios: en realidad se refieren sólo al Estado Vaticano, donde un gran número de sacerdotes y religiosos trabajan, pero hay muy pocos niños. Aunque fueron concebidos y escritos para una realidad única en el mundo, en la que la máxima autoridad religiosa es también soberana y legisladora, estos tres documentos contienen indicaciones ejemplares que tienen en cuenta los parámetros internacionales más avanzados.

En el motu proprio, el único de los tres textos para los que la firma papal era indispensable, Francisco expresa su deseo de  "que todos sean conscientes del deber de denunciar los abusos a las autoridades competentes y de cooperar con ellas en las actividades de prevención y de lucha", afirmando así un principio significativo.

El hecho de que el Papa decidiera firmar personalmente también la Ley CCXCVII y las Directrices - textos que en sí mismos podrían haber sido promulgados respectivamente por la Comisión para el Estado y por el Vicario de la Ciudad del Vaticano - indica el valor que estas normas pretenden dar.

El primero de los tres documentos es la nueva ley en la que el primer artículo contiene una definición precisa y amplia de la categoría de "adultos vulnerables" tratados como menores: "Es vulnerable toda persona en estado de enfermedad, deficiencia física o mental o privación de la libertad personal que, de hecho, incluso ocasionalmente, limite la capacidad de comprender o de querer o de resistirse a quien le ofende”.

Las innovaciones más significativas del texto son muchas. La primera se refiere al hecho de que, a partir de ahora todos los delitos relacionados con el abuso de menores, no sólo los de carácter sexual, sino también, por ejemplo, el maltrato, serán "perseguibles de oficio", es decir, incluso en ausencia de un informe de oficio. La segunda novedad es la introducción de una prescripción de 20 años que comienza "en caso de delito a un menor, a partir de los 18 años". Vale la pena recordar que aquí no estamos hablando de leyes canónicas, sino de leyes penales del Estado de la Ciudad del Vaticano, donde nunca se ha adoptado el Código Rocco promulgado en Italia durante el período fascista, el Código Penal de Zanardelli sigue siendo de aplicación, que para estos delitos preveía prescripciones que nunca llegaron más allá de cuatro años después de la comisión del delito en sí.

Otra novedad importante se refiere a la obligación de denunciar y sancionar al funcionario público que no denuncie ante la autoridad judicial vaticana los abusos de los que haya tenido conocimiento, sin perjuicio del sello sacramental, que es el secreto inviolable de la confesión. Esto significa que todos aquellos que, en el Estado y por extensión en la Curia Romana, pero también entre el personal diplomático al servicio de las nunciaturas, desempeñen el papel de funcionarios públicos (más del 90% de las personas que trabajan en el Vaticano o para la Santa Sede) serán sancionados en caso de no denunciar.

Otra innovación importante es la creación por el Governatorato, dentro de la Dirección de Salud e Higiene del Vaticano, de un servicio de acompañamiento para las víctimas de abusos, que será coordinado por un experto cualificado. Por lo tanto, las víctimas tendrán a alguien a quien recurrir en busca de ayuda, para recibir asistencia médica y psicológica, para que conozcan sus derechos y sepan cómo hacerlos respetar. Novedad también en lo que respecta a la selección y reclutamiento de personal del Governatorato y la Curia Romana: se debe determinar la idoneidad del candidato para interactuar con menores.

Finalmente, las Directrices Pastorales para el Vicariato de la Ciudad del Vaticano. Pueden aparecer como un documento breve en comparación con textos similares de algunas Conferencias Episcopales, pero hay que recordar que sólo hay dos parroquias en el Vaticano y que sólo viven unas pocas docenas de menores.

Las Orientaciones se dirigen a los sacerdotes, diáconos y educadores del Preseminario San Pío X, a los cánones, párrocos y coadjutores de las dos parroquias, a los religiosos y religiosas que residen en el Vaticano, así como a "todos aquellos que trabajan en cualquier cargo, individual o asociado, dentro de la comunidad eclesial del Vicariato de la Ciudad del Vaticano". Se especifica, por ejemplo, que estas personas deben "ser siempre visibles para los demás cuando estén en presencia de menores", que está estrictamente prohibido "establecer una relación preferencial con un solo menor, dirigirse a un menor de forma ofensiva o adoptar conductas inapropiadas o sexualmente alusivas, pedir a un menor que guarde un secreto, fotografiar o filmar a un menor de edad sin el consentimiento escrito de sus padres". Y mucho más.

El Vicario de la Ciudad del Vaticano tiene ahora la obligación de informar al Promotor de Justicia de cualquier noticia de abuso que "no sea manifiestamente infundada", retirando cautelosamente de las actividades pastorales al presunto autor del abuso. Cualquiera que sea encontrado culpable de abuso será "destituido de su cargo" en el Vaticano. Si es un sacerdote, entonces todas las normas canónicas ya en vigor toman el relevo.


A los documentos que acaban de salir a la luz, como se anunció a finales de la cumbre de febrero, seguirá la publicación por parte de la Congregación para la Doctrina de la Fe de un vademécum antiabuso para la Iglesia universal, y la creación de mecanismos para ayudar a las diócesis que carecen de personal cualificado para tratar estos casos.
El pasaje de Francisco es claro e inequívoco: "La protección de los menores y de las personas vulnerables es parte integrante del mensaje evangélico que la Iglesia y todos sus miembros están llamados a difundir en todo el mundo.
 

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